Andalucía mantiene los principios fundamentales que sustentan su normativa, que ha permitido avanzar en el derecho de las familias a la libre elección de centro y presta especial atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación, con carácter urgente, de la normativa que regula los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil Primaria, Educación Especial, Secundaria Obligatoria y Bachillerato para adaptarla a la LOMLOE (Ley Orgánica de modificación de la LOE).
La Consejería de Educación y Deporte ha realizado los cambios imprescindibles obligados por el cambio en la normativa estatal. Así, el nuevo Decreto-ley mantiene los principios fundamentales que sustentan la normativa andaluza en materia de admisión del alumnado, con la garantía de una oferta suficiente de plazas en el sistema educativo público andaluz en condiciones de igualdad para toda la ciudadanía y seguirá teniendo en cuenta la demanda social entendida como la prioridad de elección de centro educativo por parte de las familias.
Además, seguirá prestando especial atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, garantizando una escolarización equilibrada de estos alumnos y alumnas mediante la reserva de hasta 3 plazas por unidad escolar.
Asimismo, para la elaboración del nuevo Decreto-ley, la Consejería ha tenido en cuenta como ejes principales el reconocimiento del papel central y vertebrador de la enseñanza pública así como la relevancia del papel de la enseñanza concertada en el sistema educativo andaluz.
Las principales modificaciones incluidas en el nuevo Decreto-ley afectan a la puntuación por la existencia de hermanos en el centro, reducida a 14 puntos totales, en vez de 20 por hermano como recogía el anterior decreto andaluz, que favorecía el agrupamiento de hermanos y hermanas en el mismo centro para facilitar la conciliación familiar. Ello permitió que en el procedimiento de escolarización del curso 2020/21 las familias lograran reagrupar un total de 785 hermanos y hermanas. Dados los cambios obligados por la LOMLOE, que limita este criterio al 30% de la puntuación total que pueda tener un alumno, Andalucía ha optado por otorgar la misma puntuación en este apartado que el de proximidad al domicilio familiar (14 puntos).
Otro de los cambios es que, dentro de los criterios de prioridad, figura la discapacidad sobrevenida durante el curso escolar de cualquiera de los miembros de la unidad familiar e incluye como nuevo criterio de admisión que el alumno o alumna a escolarizar haya nacido de parto múltiple, al que se le da un punto. Por último, el Consejo Escolar de los centros públicos tendrá con la nueva normativa la competencia para decidir en el procedimiento de admisión del alumnado, que antes correspondía al director del centro.
Para poder realizar estas modificaciones, la Consejería ha optado por la fórmula de Decreto-ley por razones de urgente necesidad para que la escolarización del próximo curso no se retrase y pueda comenzar el 1 de marzo del 2021 como en años anteriores.
El 98% de las familias logró plaza en alguno de los centros elegidos
La normativa andaluza, fruto de un amplio debate con la comunidad educativa, se sustenta en la potenciación del sistema educativo público que incluye la red de centros docentes públicos y la red de centros docentes concertados. Se mantiene, por tanto, que en las zonas de escolarización exista en todas ellas un centro público y un concertado, siempre que en la localidad exista un concertado, con el objetivo de que las familias elijan el modelo de educación que entiendan mejor para sus hijos. Así, de los 1.742.267 alumnos matriculados en plazas sostenidas con fondos público este curso, un 80,6% están en centros públicos y un 19,4% en centros concertados, manteniendo el equilibrio entre ambas redes.
Respecto al principio fundamental de avanzar en el derecho de las familias a elegir libremente el proyecto educativo que quieren paran sus hijos, el 93,78% de las familias, con el nuevo decreto andaluz, lograron para este curso plaza en el centro elegido como primera opción y casi el 98% en alguno de los centros demandados. Asimismo, el número de alumnos que han sido admitidos por el cupo de reserva de Educación Especial se ha incrementado en un 15,5%.
Por otro lado, el aumento de los criterios de admisión ha permitido reducir en un 65% la adjudicación por sorteo en las plazas del alumnado de tres años y un 54,9% en el conjunto de los cursos. Estos criterios son tener matriculado en el primer ciclo de Infantil a un hijo o hija con la finalidad de fomentar la escolarización en esta etapa, el expediente académico del alumnado para su admisión en Bachillerato y los hijos de los trabajadores de los centros docentes tienen prioridad en la admisión en los centros que trabajan su progenitores.
La nueva normativa andaluza mantiene las listas de espera del alumnado no no admitido en el centro solicitado en primera opción hasta el inicio del curso escolar, con objeto de asegurar los derechos de las familias y hacer más transparente la gestión de dichas listas. Esto ha permitido que 5.122 alumnos obtuvieran el centro elegido prioritariamente en la escolarización del curso 2020/21.
También continúa con la regulación de la adscripción entre centros sostenidos con fondos públicos. Esta medida ha permitido que en la planificación del curso 2021/22 se hayan adscrito por primera vez 151 centros concertados que imparten Educación Secundaria Obligatoria a otros centros para cursar Bachillerato, la inmensa mayoría, centros públicos. Esta actuación permitirá previsiblemente aumentar el número de unidades de Bachillerato en los Institutos de Educación Secundaria a partir del curso 2021/22.